Existen sólo 4 situaciones que obligatoriamente se necesita la autorización del Ministerio de Trabajo para despedir a un trabajador:
1-La mujer en estado de embarazo, o dentro de los tres meses posteriores al parto. (LEY 1468, art.2, numeral 3 y 4 y LEY 1822 del 2.017)
2-El trabajador sindicalizado. Ojo no basta que el trabajador pague cuota de sostenimiento o de afiliación sindical, esta protección beneficia sólo a un pequeño sector que define el art. 406 del C.S.T.
3-El pre pensionado. Quien esté próximo a pensionarse (tres años o menos para cumplir los requisitos que les permitirían acceder a la pensión de jubilación o vejez) (SU-003 de 2018)
4-Discapacitados, es decir todo trabajador que tenga limitaciones (Ley 361 del 97) a cualquier edad congénitas o adquiridas durante la vigencia del contrato de trabajo.
Según la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de la ONU, (2006) es:
“Un concepto que evoluciona y es el resultado de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
En este sentido, la discapacidad se concibe como la intensidad de apoyo que requiere una persona con un determinado diagnóstico para la realización de ciertas actividades. y según el preámbulo y el Artículo I de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006), las personas con discapacidad son:
“Aquellas personas que, teniendo deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” y que puede ser: VISUAL, AUDITIVO, SORDOCEGUERA, INTELECTUAL, PSICOSOCIAL, MENTAL, FISICA O MULTIPLE-resolución 113 de 2020 expedida por el Ministerio de Salud-.
Un despido sin este requisito genera:
-Que sea ineficaz, es decir que para la ley el despido del trabajador nunca sucedió precisamente porque no se cumplió el requisito de ley y se le tendrá que pagar al trabajador su salario y prestaciones sociales por todo el tiempo desde el retiro hasta que que sean reingresado a su puesto.
-Y genera multas millonarias que se tendrán que pagar al Ministerio de Trabajo.
Todas estas reglas se aplican tanto para el sector privado como para el público.
Victor Rios Mercado
Abogado Magister en Derechos Humanos
Instituto Europeo Campus Stellae de España
Whatsapp: (316) 2849211- (305) 3603338
Colombia-Sur América
Quedaste con dudas?. Nosotros te la despejamos. Programa tu cita desde la comodidad de tu ordenador o celular haciendo click AQUI
Para más información de nuestros servicios legales visite nuestra página web:
Commentaires